Indice de contenidos
- 1 Tipos de donaciones y liberalidades
- 2 Donaciones en dinero
- 3 Donaciones en activos diferentes a dinero
- 4 Compromisos de donación
- 5 De acuerdo a la Ley de ISLR, ¿qué donaciones y liberalidades son deducibles?
- 6 Límites a la deducibilidad de las donaciones y liberalidades
- 7 ¿Qué pasa con el IVA?
- 8 Acta de entrega
- 9 Factura por retiro
- 10 Registro contable de los bienes entregados
- 11 Donaciones e IGTF
- 12 Impuestos municipales
- 13 Recomendación final
En el artículo anterior, 10 Consecuencias contables/fiscales de las pérdidas del terremoto, tocamos el tema de las pérdidas ocasionadas por el terremoto e indicamos las consideraciones contables y fiscales a tener en cuenta. Hoy, veremos la otra cara de la moneda: cómo debemos contabilizar y tratar fiscalmente las donaciones realizadas por personas jurídicas.
Tipos de donaciones y liberalidades
Existen tres tipos de donaciones:
- Donaciones en dinero
- Donaciones en activos diferentes a dinero
- Compromisos de donación
Donaciones en dinero
Se registran en el ejercicio en que fueron otorgadas, al valor razonable del efectivo entregado. Por ejemplo, si su empresa donó 1.000,00 dólares a una Entidad Sin Fines de Lucro (ESFL), se contabilizará tal donativo utilizando el tipo de cambio vigente para el momento de la donación. Es decir, el día en que se entregó el dinero y la ESFL firmó el recibo correspondiente.
Donaciones en activos diferentes a dinero
Los ejemplos típicos son la donación de inventario y activos fijos. En este caso se registra la donación en el ejercicio en que fue otorgada, valorando los bienes entregados de acuerdo con las VEN-NIF y tomando en consideración las cuentas de depreciación, amortización y/o deterioro que pudieran asociarse a dichos activos.
Compromisos de donación
El gasto se reconoce cuando se firma el compromiso de donación y la contrapartida es una cuenta de pasivo. Por ejemplo: una empresa, cuyo ejercicio termina el 31 de diciembre, decide donar Bs. 250.000,00 durante los próximos 6 meses a una ESFL (octubre 2026 a marzo 2027). El gasto contable se registrará entonces por 1.500.000,00 en 2026. Para efectos del ISLR solo serán deducibles los tres primeros meses (octubre a diciembre 2026), ya que los pagos de enero a marzo 2027 no han sido realizados.
De acuerdo a la Ley de ISLR, ¿qué donaciones y liberalidades son deducibles?
Según lo establecido en el art. 27 de la LISLR, Parágrafo Duodécimo, se pueden deducir:
- Las liberalidades efectuadas con fines de utilidad colectiva y de responsabilidad social.
- Las donaciones efectuadas a favor de la Nación, los Estados, los Municipios y los Institutos Autónomos.
Límites a la deducibilidad de las donaciones y liberalidades
La LISLR establece ciertos límites a la deducción de las donaciones y liberalidades efectuadas por una persona jurídica. Veamos cuáles son:
- El beneficiario de las donaciones debe estar domiciliado en el país.
- No son deducibles las donaciones y liberalidades efectuadas por un contribuyente que tuvo pérdidas en el ejercicio inmediatamente anterior.
- Las donaciones no pueden exceder de los siguientes porcentajes de la renta neta del contribuyente, calculada antes de haberlas deducido

Veamos el ejemplo de la Empresa XXX, que se dedica al ramo textil:

¿Qué pasa con el IVA?
Según el art. 4, numeral 3 de la Ley del IVA (LIVA), se consideran retirados o desincorporados y, por lo tanto, gravables, los bienes que falten en los inventarios de mercancías o en los activos fijos del contribuyente y cuya salida no pueda ser justificada a través de una venta. Esto implica que las donaciones realizadas en mercancía o activos fijos generan débito fiscal para el donante.
Acta de entrega
La empresa donante debe elaborar un acta de entrega de los bienes asignados a cada donatario (receptor). En la misma constarán, al menos, los siguientes datos:
- Identificación completa del donante y del donatario. Se incluirán nombre, RIF, dirección, representantes legales y membretes
- Inventario detallado de los bienes entregados, indicando descripción, marca, modelo, serial, cantidad, valor unitario, valor total y estado físico de cada ítem.
- Objeto de la donación
- Cláusula que establezca la obligatoriedad de utilizar el material entregado solamente para el fin previamente acordado.
- Nombre, firmas, cédulas de identidad, cargos y sellos de las representantes legales y/o autoridades de ambas partes.
Factura por retiro
La empresa deberá emitir una factura por cada donación, detallando los bienes entregados. Este paso da cumplimiento a lo indicado en el art. 31 del Reglamento de la Ley del IVA (RLIVA). Dicha factura se registrará en una columna especial del Libro de Ventas y no incrementará los ingresos del donante, pero sí generará el respectivo débito fiscal.
Es importante destacar que el débito fiscal se calcula sobre el precio de venta de los bienes donados.
Registro contable de los bienes entregados
Se deberá realizar el asiento para registrar contablemente los bienes aportados. El mismo incrementará el gasto por donación y disminuirá el inventario de la empresa. El valor utilizado será el costo de los insumos entregados.
Donaciones e IGTF
Si el donante es contribuyente especial y cancela una liberalidad en una moneda diferente al bolívar y/o en criptoactivos, deberá cancelar, por concepto de IGTF, el 3% del monto aportado. Debemos recordar que el IGTF no es deducible de ISLR.
Impuestos municipales
Las donaciones y liberalidades no afectan los impuestos municipales. Estos se calculan sobre el monto de los ingresos de las entidades y los mismos no varían por efectos de las liberalidades o donaciones.
Recomendación final
Como podemos ver, las donaciones y liberalidades deben cumplir con una serie de pautas y procedimientos contables y fiscales. El no hacerlo puede ocasionar serios problemas a la hora de una revisión por parte de la Administración Tributaria. Por otro lado, las cifras internas también deben ser transparentes y señalar en cada momento dónde fueron utilizados los recursos de la empresa. Los invito, pues, a efectuar una lista de chequeo y verificar que todos los puntos fueron cubiertos.
Como siempre, amigo lector, mi objetivo es facilitarle la gestión diaria de su negocio
¡Nos hablamos en el próximo post!












