¿Cómo declarar la LOCTI 2021?, ¿aplico la Ley nueva o la ley del 2015?, ¿cómo funciona el portal?, ¿dónde realizo los pagos?, ¡entérese aqui, de esto y mas!

A pesar de que la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) lleva entre nosotros varios años, es oportuno señalar algunas claves para realizar la declaración anual, correspondiente al ejercicio 2021,  de la manera más ágil y productiva posible. Comencemos pues:

Tributo Parafiscal

La LOCTI es un tributo parafiscal, ya que lo recaudado no se destina a las arcas del Tesoro Nacional sino a un fondo particular (FONACIT) cuyo objetivo es financiar los proyectos de ciencia, tecnología e innovación.

La Unidad Tributaria como base de cálculo

Aunque el uso de la Unidad Tributaria quedó limitado a los impuestos nacionales que son competencia del SENIAT, la  LOCTI vigente para la declaración del 2021 establece el nacimiento de la obligación tributaria cuando los ingresos brutos son superiores a 100.000 U.T.  El valor de la Unidad Tributaria que aquí aplicaría sería tendiente a cero, luego de los procesos de reconversión monetaria y por ello, todas las entidades estarían, virtualmente, obligadas a pagar este aporte parafiscal. Por otro lado, si consideramos el valor de la Unidad Tributaria para el 31-12-2021 (Bs. 0,02) cualquier entidad con ingresos superiores a Bs. 2.000,00 es contribuyente de este aporte.

Base de cálculo para el aporte previsto en la LOCTI 2021

Debemos recordar que, para efectos de la LOCTI, los otros ingresos han pasado a formar parte de la base imponible de este Ley. Así pues, no solo debemos considerar los ingresos obtenidos por el desarrollo propio del negocio sino también los ingresos que pudieran originarse por actividades esporádicas o no relacionadas directamente con el mismo. Por ejemplo, los ingresos obtenidos por intereses devengados en colocaciones bancarias, diferenciales cambiarios e ingresos por venta de activos fijos.

Ingresos exentos y exonerados

Es muy importante el destacar que ingresos que para otras leyes pudieran estar exentos u exonerados, son gravables para la LOCTI, tal es el caso de los ingresos obtenidos por el sector primario.

Revisiones y fiscalizaciones del FONACIT

La revisión de este tipo de aporte es muy fácil y directa. El FONACIT tan solo debe comparar los ingresos brutos reflejados en las declaraciones de ISLR contra los declarados en su website, a fin de determinar si existen discrepancias obvias entre las dos informaciones, para un mismo periodo. Así pues, los ingresos utilizados para realizar el cálculo de la LOCTI deben ser los mismos que los declarados ante el SENIAT

¿Qué casillas de la declaración de ISLR debo considerar?

 Las casillas de la declaración de ISLR utilizadas por el FONACIT para contabilizar los ingresos son:

  • 711 – Total Ingresos Netos (Territoriales)
  • 780 – Total Ingresos Netos de Fuente Extraterritorial
  • 970 – Total Ingresos Netos Exentos/Exonerados

Diferencias entre las cifras del SENIAT y la LOCTI

Si el FONACIT detecta diferencias entre las cifras suministradas al SENIAT y las declaradas en su portal, posiblemente, le hará llegar al contribuyente un Compromiso de Pago para que éste proceda a cancelar la diferencia respectiva.

¿Cuándo debo cancelar la LOCTI 2021?

La LOCTI 2021 se debe declarar y pagar en el segundo trimestre posterior al cierre fiscal. Es decir, si una entidad cierra su ejercicio el 30 de abril de cada año, tendrá plazo de cumplir con este aporte desde el 01 de agosto hasta el 30 de octubre de ese mismo año.

¿Dónde debo presentar la declaración?

La declaración y registro del pago debe realizarse en el portal del FONACIT, cuya dirección es: http://sidcai.fonacit.gob.ve/. Para ello se deberán enviar una serie de recaudos, dependiendo si la empresa declara por primera vez o lo ha hecho en periodos anteriores. Dichos recaudos están claramente establecidos en este website.

La clave: combinar y reducir archivos

El documento constitutivo, que consta de varias páginas, antes de ser cargado se deberá combinar en un solo archivo. Se recomienda que antes de cargar los documentos en PDF se proceda a reducir su tamaño a fin de que no existan inconvenientes con el envío. Existen varias páginas en internet que prestan estos servicios de manera gratuita y dentro del portal del FONACIT encontramos un instructivo para llevar a cabo estas labores.

Ya envié los recaudos, ¿y ahora qué?

Una vez enviada la información de la empresa, ésta es revisada y, en caso de que no existan solicitudes adicionales,  el sistema calcula el monto a pagar y genera la declaración respectiva en función de los datos señalados en la declaración del ISLR.

¿Cómo cancelo el aporte?

El pago del aporte de la LOCTI 2021 se realizará en las cuentas bancarias señaladas en el portal del FONACIT. Esta información la ubicamos en el cintillo que aparece a mano izquierda en dicha página.

Fallas técnicas en el sistema

Si por fallas técnicas en el sistema no es posible registrar el pago realizado, en la dirección http://sidcai.fonacit.gob.ve/,  se deberán enviar los soportes del mismo, indicando los datos completos del contribuyente al siguiente correo electrónico: recaudació[email protected]

Sanciones

La LOCTI establece una sanción del pago de 1,5 veces el tributo omitido. Es decir, si una entidad no canceló el aporte que le correspondía de Bs. 1.000,00, deberá pagar Bs. 1.500,00 en caso de revisión o fiscalización, además de los intereses correspondientes. Es muy importante destacar que este mismo procedimiento aplica en caso de que existan diferencias en el cálculo de los ingresos declarados (ganancias en cambio omitidas, intereses ganados no reflejados…).

Deducibilidad de la LOCTI

La LOCTI 2021 si es deducible del ISLR, la única condición es que al cierre del ejercicio se encuentre efectivamente cancelado el aporte.

Reformas a la LOCTI y declaración 2021

Como es bien conocido, acaba de promulgarse la reforma de la LOCTI, sin embargo estas modificaciones no impactarán en la declaración y pago de las entidades cuyo ejercicio económico haya finalizado el 31 de diciembre 2021. Las modificaciones se darían para el año 2022.

Nueva modalidad de pago

Debemos estar muy pendientes con respecto a la implementación de la nueva modalidad de pago de este aporte, al variar de un pago único anual a pagos mensuales. Algunas de las dudas que surgen son: ¿Cómo haremos con los meses que ya han transcurrido del 2022, se declararán de manera conjunta?, ¿qué acciones deben tomar las empresas que no tienen ejercicio económico con cierre al 31 de diciembre de cada año?…

Atención con el flujo de caja

Ante la nueva legislación en esta materia lo que está claro es que las empresas deberán adecuar su flujo de caja para poder afrontar de manera mensual este nuevo pago.  En empresas donde los ingresos son considerables, el aporte puede ser significativo y debe ser presupuestado en el manejo del efectivo. Recordemos que un cambio de similares características (cambio en la periodicidad) se dio en el caso de los impuestos municipales, los cuales pasaron en algunas alcaldías de anuales a mensuales.

Como siempre, nuestro afán es suministrar herramientas para entender y aplicar de manera sencilla lo establecido en nuestras leyes, ojalá lo estemos logrando. Por ello, le invitamos a que nos siga visitando amig@ lector!

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